Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó diversas disposiciones que reforman tres artículos constitucionales en materia de fuero para funcionarios y servidores públicos, y desechó otros tres artículos durante la votación en lo particular.
Durante el debate, el coordinador de Morena, Mario Delgado, cuestionó a las fracciones que votaron a favor de la aprobación en lo general, pero en contra de los tres artículos reservados para su discusión en lo particular, con los que se eliminaría de manera total el fuero para funcionarios y servidores públicos, incluido el presidente de la República, como lo proponía la iniciativa presentada por Morena.
“Me parece que está muy claro lo que está pasando aquí. Es la misma estrategia que en el caso de la Ley de Remuneraciones, votan a favor subiéndose a tribuna diciendo que están de acuerdo con la ley, pero reservan todos y cada uno de los artículos para votarlos en contra. Es otra vez lo mismo, es el mismo cuento de siempre: se quiere engañar al pueblo de México diciendo que están a favor de la eliminación del fuero y lo que quieren es resguardar sus privilegios”.
Previó a la votación, el diputado Horacio Duarte Olivares destacó que estas reformas constituyen un gran acto de democracia y congruencia. Significa “decir a los ciudadanos que la Cuarta Transformación va en serio y no vamos a frenarnos por chantajes”.
Mientras que Javier Salinas Narváez, diputado del PRD, expresó que se debe garantizar el libre funcionamiento de los poderes públicos, pero sin impunidad.
En el dictamen, el artículo 61 sustituye la palabra “fuero” por “inmunidad” constitucional, para señalar que “el presidente de cada Cámara, velará por el respeto de la inmunidad constitucional de los integrantes de la misma y por la inviolabilidad del recinto parlamentario”.
El mismo artículo establece que las diputadas y los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten o difundan, las propuestas legislativas o votos que emitan, durante el tiempo en que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser procesados ni juzgados por ellas.
La reforma al artículo 74 elimina, como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, declarar si hay o no lugar proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito, en los términos del artículo 111 constitucional.
También, la de conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos, a que se refiere el artículo 110 de la Constitución y fungir como órgano de acusación en los juicios políticos que contra estos se instauren.
En tanto, en el artículo 108 precisa que el presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado, en términos del artículo 111 de la Carta Magna; elimina las causales por traición a la patria y delitos graves del orden común.

